Política de Neutralidad
Versión 1.1 — vigente desde el 20 de octubre de 2026
Adjudika presta servicio a los dos lados de la contratación pública costarricense: a quienes participan como oferentes en un procedimiento de compra pública, y a las proveedurías e instituciones públicas que promueven esos procedimientos. Esta Política explica, de forma pública y verificable, cómo se garantiza que servir a ambos lados no perjudique a ninguno.
1. POR QUÉ ADJUDIKA SIRVE A AMBOS LADOS
1.1. La contratación pública mejora cuando ambas partes conocen las mismas reglas. Un cartel bien redactado genera menos objeciones; una oferta bien fundamentada genera menos exclusiones indebidas. Adjudika parte de que el problema del sistema costarricense no es que una parte sepa demasiado, sino que ambas suelen saber demasiado poco.
1.2. Adjudika es una herramienta de análisis de información pública, no un representante ni un asesor de parte. La misma jurisprudencia de la Contraloría General de la República que permite a un oferente objetar una cláusula es la que permite a una proveeduría redactarla correctamente desde el inicio. Restringir el acceso a una de las dos partes no haría el sistema más justo: lo haría más desigual.
1.3. Por esa razón, Adjudika no reserva funciones, fuentes ni calidad de análisis para un lado en detrimento del otro, y no condiciona el servicio a la identidad, tamaño o naturaleza —pública o privada— de quien contrata.
2. IGUALDAD DE FUENTES Y DE MOTOR
2.1. Mismo Corpus para ambos lados. Las fuentes que consulta la Plataforma (resoluciones de la Contraloría General de la República, sentencias del Poder Judicial, normativa vigente y derogada, datos públicos del Sistema Integrado de Compras Públicas) son las mismas, sin recortes ni versiones diferenciadas según el lado que ocupe quien consulta.
2.2. El motor no sabe de qué lado está el Usuario. La recuperación de jurisprudencia y normativa se hace por relevancia respecto de la consulta formulada, sin ninguna variable que identifique si quien pregunta es oferente o administración. No existe —ni existirá— un mecanismo que degrade deliberadamente la calidad de una respuesta en función del lado que ocupa el Usuario.
2.3. Las diferencias de funciones entre planes responden exclusivamente al plan contratado y al tipo de trabajo que cada uno resuelve (un oferente redacta objeciones; una proveeduría las resuelve), nunca a una decisión de favorecer a una parte.
3. SEPARACIÓN DE INFORMACIÓN ENTRE CLIENTES
3.1. Aislamiento por organización. Toda la información que un Usuario aporta —documentos, expedientes, hechos de un caso, borradores generados, conversaciones— queda asociada exclusivamente a su organización y es inaccesible para cualquier otra. Este aislamiento no depende de una política interna ni de la buena conducta del personal de Adjudika: está impuesto a nivel de base de datos mediante políticas de seguridad a nivel de fila (Row Level Security), de modo que una consulta hecha desde una organización es técnicamente incapaz de devolver información de otra.
3.2. Es el mismo aislamiento que separa a dos competidores. La protección que impide que una institución vea el expediente de un oferente es exactamente la misma que ya impide que dos empresas competidoras entre sí vean sus respectivos casos. No es un mecanismo nuevo ni especial para el sector público: es el mismo que rige toda la Plataforma desde su diseño.
3.3. Adjudika no usa el caso de un cliente para responderle a otro. La información que un Usuario aporta se utiliza únicamente para generar sus propias Salidas. No alimenta las respuestas de otros Usuarios, no se incorpora al Corpus público, y no se emplea para entrenar modelos.
3.4. Adjudika no correlaciona clientes entre sí. La Plataforma no vincula las organizaciones que participan en un mismo procedimiento de contratación ni construye ese cruce. En consecuencia, Adjudika normalmente no sabe —ni tiene forma de saber— cuándo dos de sus clientes se encuentran en lados opuestos de un mismo expediente. Esto es una consecuencia deliberada de la separación descrita: menos cruce de datos entre clientes, no más.
4. LO QUE ADJUDIKA NO HACE
4.1. Adjudika no representa a nadie ante ninguna institución, no ejerce patrocinio letrado y no actúa como parte, conforme a lo ya establecido en la cláusula 2 de los Términos y Condiciones.
4.2. Adjudika no elabora estrategias dirigidas contra un cliente identificado valiéndose de información privada de ese cliente. El análisis de contraparte que ofrece la Plataforma se construye exclusivamente sobre información pública (historial de adjudicaciones, recursos presentados y resueltos, sanciones registradas), disponible por igual para cualquiera.
4.3. Adjudika no intermedia, no gestiona ni influye en la decisión de ningún procedimiento de contratación, y no ofrece a ninguna parte acceso, contacto o ventaja frente a funcionarios o proveedores.
4.4. Adjudika no vende ni cede a terceros la información de casos de sus Usuarios, ni la usa como insumo comercial.
5. TRANSPARENCIA Y VIGENCIA
5.1. Esta Política es pública y aplica por igual a todos los Usuarios, sin excepciones negociadas individualmente. Cualquier institución o empresa puede exigir su cumplimiento como condición del servicio.
5.2. Si en algún momento Adjudika decidiera dejar de aceptar a ambas partes de un mismo procedimiento, o modificar sustancialmente los compromisos de esta Política, lo comunicará con antelación razonable y actualizará la versión de este documento.
5.3. Cualquier consulta, objeción o denuncia relacionada con esta Política puede dirigirse a soporte@adjudika.ai, y será atendida con independencia del plan contratado por quien la formule.