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Ofertas condicionadas: cuándo una condición invalida toda la propuesta

Admisibilidad de ofertas

Ofertas condicionadas: cuándo una condición invalida toda la propuesta

Una empresa presenta la oferta con mejor precio del concurso, pero agrega una salvedad: el plazo de entrega dependerá de que un tercero le confirme un insumo, o el alcance del servicio se limitará a ciertas condiciones no previstas en el cartel. Para el oferente, es solo una aclaración honesta sobre un riesgo real. Para la Administración —y eventualmente para la Contraloría General de la República (CGR)— puede ser motivo suficiente para descartar la oferta completa, sin importar cuán conveniente sea el precio.

Las ofertas condicionadas son uno de los vicios más recurrentes —y más mal entendidos— en contratación pública. No toda salvedad convierte una oferta en condicionada, pero cuando lo hace, la consecuencia es severa: la propuesta queda fuera de la comparación, sin importar su ventaja económica. Este artículo repasa jurisprudencia reciente de la CGR bajo la Ley General de Contratación Pública (LGCP) sobre este tema.

Marco normativo aplicable

La certeza y firmeza de la oferta es un presupuesto básico de la comparación objetiva entre propuestas. Cuando una oferta introduce una condición que la Administración no puede controlar —un plazo incierto, o una limitación que el pliego no contempló—, deja de ser comparable en igualdad de condiciones con las demás, y transgrede los principios de igualdad y transparencia que rigen todo procedimiento de contratación.

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