Adjudika
Índice de Academia
Prórrogas contractuales: el límite de cuatro años que pocas empresas presupuestan desde el inicio

Ejecución contractual

Prórrogas contractuales: el límite de cuatro años que pocas empresas presupuestan desde el inicio

Un cartel anuncia un contrato por un año con posibilidad de prórroga por tres períodos adicionales de igual duración. Muchas empresas leen esa cláusula y solo dimensionan su oferta —costos, capacidad instalada, personal— para el primer año, tratando las prórrogas como algo eventual y lejano. Es un error frecuente: esas prórrogas, si se ejecutan, pueden representar hasta el 75% de la vida total del contrato.

La Contraloría General de la República (CGR) ha señalado con claridad que las prórrogas contractuales tienen un límite legal general de cuatro años —con excepciones acotadas— y que su proyección debe considerarse desde el diseño mismo del procedimiento, no solo cuando llega el momento de decidir si se extienden. Este artículo repasa esa jurisprudencia y qué implica para la forma en que su empresa debe leer un cartel con cláusula de prórroga.

Marco normativo aplicable

Uno de los pliegos analizados por la CGR reproduce, casi textualmente, el límite que fija la normativa:

"El plazo inicial de este contrato será de un año [...] Se prevén prórrogas automáticas adicionales que no excedan el plazo máximo de cuatro años establecido en el Artículo 104 de la Ley General de Contratación Pública y 280 del Reglamento. Cualquier extensión deberá estar debidamente justificada bajo criterios técnicos y administrativos en el expediente contractual." — Pliego de condiciones del procedimiento 2026LY-000002-0020100001 (Municipalidad de Matina), transcrito en resolución de la CGR de mayo de 2026

Siga leyendo con una cuenta gratuita

El resto de esta guía —criterio de la CGR, implicaciones prácticas y cómo aplicarlo— está disponible sin costo, con solo crear una cuenta. Con la cuenta gratuita también puede descargarla en PDF.

Contacto · Facebook · Instagram · LinkedIn