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Licitación mayor, menor o reducida: cómo saber cuál le toca a un concurso

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Licitación mayor, menor o reducida: cómo saber cuál le toca a un concurso

El tipo de procedimiento no es un trámite interno de la institución. Decide cuántos días tiene usted para ofertar, ante quién objeta el cartel, ante quién recurre la adjudicación y si le piden garantía. Si lo lee mal, cuenta mal los días.

El procedimiento lo dice el cartel. Pero no se elige a gusto: sale del monto, y usted puede comprobarlo con tres datos:

  1. Cuánto se estima el contrato — el total, no el primer pago.
  2. Qué se contrata — bienes y servicios, u obra pública.
  3. Quién contrata — régimen ordinario o diferenciado.

Si le hablan de licitación pública, abreviada o de escasa cuantía: eran figuras de la ley anterior y ya no existen en la Ley 9986. El ICE, que se rige por su ley propia, es otro régimen: vea el módulo 1.


El monto que decide es el total

La estimación suma «todas las formas de remuneración»: costo principal, seguros, fletes, comisiones, intereses, tributos y lo que deba reembolsarse. Si el contrato admite prórrogas, el pago mensual se multiplica «hasta cuarenta y ocho» —artículo 35 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP), Ley 9986—.

Servicio de ₡2.000.000 al mes, prorrogable hasta 4 añosMontoRégimen ordinario
Lo que parece: 12 meses₡24.000.000Licitación reducida
Lo que cuenta: 48 meses₡96.000.000Licitación menor

Los umbrales

Vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, R-DC-00142-2025. Esta tabla caduca cada 1 de enero. Si la lee en 2027, ya no sirve.

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