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Empates técnicos: así se desempatan las ofertas en contratación pública

Evaluación de ofertas

Empates técnicos: así se desempatan las ofertas en contratación pública

En un concurso con más de veinte oferentes, no es raro que varias propuestas obtengan exactamente la misma calificación final. ¿Qué pasa entonces? La Ley General de Contratación Pública (LGCP) no deja ese escenario a discreción de la Administración: existen criterios de desempate reglados, entre ellos uno con relevancia de política pública: la condición de PYME.

La Contraloría General de la República (CGR) ha resuelto recursos recientes donde el resultado dependía, precisamente, de aplicar correctamente —o de reclamar correctamente— el criterio de desempate. Este artículo repasa esa jurisprudencia y qué le corresponde probar a quien reclama un mejor lugar tras un empate técnico.

Marco normativo aplicable

El artículo 40 de la LGCP contempla que, en caso de empate, se otorgue una puntuación adicional a las micro, pequeñas y medianas empresas (PYME). La condición de PYME, a su vez, se acredita conforme a la Ley N.° 8262 de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y su Reglamento.

Qué dice la Contraloría General de la República

Resolución R-DCP-SICOP-02114-2024

Contexto: En un concurso del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) para servicios notariales, un objetante alegó que el cartel había definido la condición PYME como un factor de evaluación ponderado dentro de la calificación general, en lugar de reservarla como criterio de desempate, lo cual —a su juicio— contravenía el diseño legal previsto para esta figura.

Criterio clave:

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