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Ceder el contrato o cerrarlo: las dos salidas, y por qué el finiquito no se firma sin leerlo

Guías SICOP

Ceder el contrato o cerrarlo: las dos salidas, y por qué el finiquito no se firma sin leerlo

Hay dos formas de que un contrato deje de estar en sus manos: pasárselo a otro, o darlo por terminado. SICOP tiene un módulo para cada una, y las dos tienen un requisito que se subestima.


La cesión: pasarle el contrato a otro proveedor

Todos los oferentes tienen la opción de ceder parcial o totalmente las líneas de un contrato que se esté ejecutando a otro oferente.

El requisito que hay que resolver antes de tocar SICOP

La cesión procede siempre y cuando exista un documento previo firmado por ambas partes bajo la fe de un notario, donde se expresen cuáles serán los porcentajes a ceder y el mutuo acuerdo.

Esto no es un trámite dentro del sistema: es un acto notarial que ocurre afuera y antes. Si usted entra a SICOP a iniciar la cesión sin ese documento, no va a poder completarla.

Y note el detalle: el documento debe expresar los porcentajes. La cesión puede ser parcial —solo algunas líneas, o parte de ellas— y eso tiene que estar definido en el instrumento notarial, no improvisado en el formulario.

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