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Pre-registro en SICOP: quiénes lo necesitan y qué documentos exige

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Pre-registro en SICOP: quiénes lo necesitan y qué documentos exige

Hay proveedores que entran a SICOP, pulsan "Regístrese" y completan el trámite en una sesión. Y hay otros para quienes ese camino sencillamente no funciona, porque primero deben pasar por un trámite previo llamado pre-registro.

El pre-registro recopila información básica del posible proveedor antes del registro propiamente dicho. No lo procesa un sistema automático: lo revisa un equipo de funcionarios de SICOP, y hay que esperar su respuesta.

Quiénes deben hacerlo

El pre-registro aplica a:

  • Proveedores extranjeros, sean personas físicas o jurídicas.
  • Proveedores jurídicos nacionales cuya cédula empieza con: 3-002, 3-003, 3-004, 3-005, 3-007, 3-008, 3-009, 3-010, 3-011, 3-014, 3-107 o 3-109.

Si su cédula jurídica empieza con alguno de esos prefijos, revíselo antes de intentar el registro directo — le va a ahorrar el trabajo de descubrirlo a la mitad.

Los documentos que debe reunir

Todos los documentos que corresponda deben estar apostillados o consularizados.

1. Certificación original de la constitución de la sociedad. Es importante que en este documento se visualicen los representantes legales con poder judicial y extrajudicial — sea porque van a inscribir la empresa ellos mismos, o porque son quienes firman el poder de representación a un tercero de confianza.

Si en esa certificación no aparecen las personas con capacidad suficiente para actuar en nombre de la empresa, hay que adjuntar además un documento que contenga: nombre de la empresa, nombre del representante legal y correo electrónico del representante legal.

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