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Tercero interesado en SICOP: cómo se registra quien no va a ofertar pero sí quiere objetar

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Tercero interesado en SICOP: cómo se registra quien no va a ofertar pero sí quiere objetar

La discusión sobre contratación pública suele plantearse entre dos partes: la Administración que compra y los proveedores que venden. Pero hay una tercera posición que existe formalmente en SICOP y que se usa mucho menos de lo que podría usarse.

Es el tercero interesado: una entidad legalmente constituida que no va a ofertar, pero que quiere impugnar un pliego de condiciones para velar por los intereses de la comunidad donde se vaya a ejecutar la contratación, o donde la contratación tenga efectos.

Piense en una asociación de desarrollo frente a una obra pública en su cantón, o en una organización sectorial frente a un cartel que afecta a su comunidad. SICOP tiene un tipo de registro específico para esa situación.

Quién puede registrarse así

El manual oficial lo dirige a usuarios que representan una entidad legalmente constituida para la presentación de recursos en procedimientos de contratación administrativa, con el fin de impugnar un pliego de condiciones.

El propósito declarado es velar por los intereses de la comunidad donde se ejecutará la contratación o donde ésta tenga efectos.

Requisito previo

Firma digital. El usuario debe contar con firma digital antes de iniciar el registro — o con el certificado correspondiente, si se trata de una persona extranjera.

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