Guías SICOP
Registrar una sociedad en SICOP: certificación literal, representantes y el filtro del Registro Nacional
Registrar una sociedad en SICOP se parece bastante a registrar una persona física, con una diferencia que sorprende a mucha gente: hay un paso que cuesta dinero y que se paga con tarjeta en el momento.
Esta guía cubre el registro de persona jurídica, nacional o extranjera.
Antes de empezar
Firma digital conectada. El registro lo hace y lo firma el representante legal (o el apoderado), con su firma digital personal.
¿Necesita pre-registro? Sí, en dos casos:
- Si es una persona jurídica extranjera.
- Si es una persona jurídica nacional cuya cédula empieza con: 3-002, 3-003, 3-004, 3-005, 3-007, 3-008, 3-009, 3-010, 3-011, 3-014, 3-107 o 3-109.
En esos casos, SICOP le asigna un número tras aprobar el pre-registro — para las jurídicas extranjeras, un número que inicia con 9.
El paso que solo existe aquí: la certificación literal
Antes de llenar cualquier formulario, el sistema le pide comprar una certificación literal del Registro Nacional. Es un paso pago.
Quién debe comprarla: las personas jurídicas nacionales.
Quién está exento:
- Las personas jurídicas extranjeras.
- Las personas jurídicas nacionales cuya cédula empieza con 3-002, 3-003, 3-004, 3-005, 3-007, 3-008, 3-009, 3-010, 3-011, 3-014, 3-107, 3-109 y 3-012.
Si usted está exento, en la pantalla "Detalle de la certificación literal" simplemente pulsa Siguiente.
El filtro que puede detenerlo todo
Al pulsar Comprar certificación, el sistema consulta al Registro Nacional para obtener el nombre de la empresa y verificar el estado de morosidad del impuesto a las personas jurídicas.
Si la empresa está morosa con ese impuesto, no puede comprar la certificación — y sin certificación no hay registro.
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